Sanción por envío de SMS sin autorización

En la resolución R/01488/2013 de la AEPD se puede ver la sanción que puede sufrir una empresa por no atender una solicitud de oposición al envío de publicidad.

DERECHO DE OPOSICIÓN AL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Con fecha de 06/11/12 tiene entrada en la AEPD un escrito de una persona denunciando que la sociedad ULD le ha remitido tres SMS de naturaleza comercial no autorizados, y además, que ha solicitado la baja en estos servicios en dos ocasiones anteriores.

La relación con dicha empresa se inició a raíz de adquirir un pequeño electrodoméstico, momento en que facilitó su móvil por cuestiones relacionadas con la garantía, pero indicando que no deseaba recibir publicidad en el mismo. No obstante, recibió el primer mensaje y procedió a darse de baja, siendo el resultado nulo, pues recibió otros dos mensajes más.

La AEPD, ante las manifestaciones contradictorias entre las partes, (en las que el denunciante indica que no prestó consentimiento para la recepción de SMS publicitarios y el denunciado expone que el denunciante le entregó dicho dato sabiendo del uso publicitario que se le iba a dar), ha de atenderse a la prueba documental aportada, en especial al ticket de venta aportado por el denunciante y copia de la factura aportada por ULD.

Del análisis de dichos documentos se aprecia que ninguno de ellos ofrecía al cliente, en este caso el denunciante, la posibilidad de oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales mediante un procedimiento sencillo y gratuito en el momento de la recogida de los datos. En concreto, no aparece ninguna casilla u otro mecanismo gratuito para negarse, en ese momento, a la recepción de publicidad por medios electrónicos.

SANCIÓN POR ENVIAR PUBLICIDAD COMERCIAL SIN CONSENTIMIENTO

Resultado: Sanción de 600 € por infracción del artículo 21 de la LSSI. 

Es conveniente añadir la cláusula informativa en los documentos que le entreguemos al cliente, ya que en caso de denuncia, es la prueba documental que se va a valorar.

Julio César Miguel Pérez

Julio César Miguel Pérez

CEO de Grupo CFI
Delegado de Protección de Datos Certificado.
Experto en la gestión de la seguridad de la información, ciberseguridad, protección de datos personales y comercio electrónico.

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