¿Qué medios no son adecuados para ejercer los derechos de los afectados?
7 abril 2014
La normativa establece que debe concederse al interesado un medio sencillo y gratuito para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO). El ejercicio de los derechos ARCO también debe ser gratuito para el interesado.
MEDIO SENCILLO Y GRATUÍTO PARA EJERCER LOS DERECHOS ARCO
A tal efecto, no se consideran conformes los siguientes supuestos:
- El envío de cartas certificadas o semejantes.
- La utilización de servicios de telecomunicaciones que impliquen tarificación adicional.
- Cualquier medio que implique un coste excesivo para el interesado.
De esta forma, sería acorde a la normativa:
- El envío de una carta siempre que no fuese obligatorio que fuese certificada.
- Disponer de un número de teléfono siempre que no fuese 807 o similar.
- El envío de un correo electrónico.
PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO
La entidad debe establecer procedimientos eficaces para el ejercicio de los derechos ARCO en tiempo y forma.