La imagen de una persona es considerada un dato de carácter personal y por tanto, su tratamiento está sujeto a la normativa sobre protección de datos.
La AEPD en su guía sobre video vigilancia, establece los requisitos que debe cumplir una entidad para poder colocar cámaras con el fin de vigilar un establecimiento público.
REQUISITOS PARA UNA GRABACIÓN LEGAL
CONSERVACIÓN Y CESIÓN DE LAS IMÁGENES
Establece la Instrucción 1/2006 de la AEPD que las imágenes serán canceladas en el plazo máximo de un mes desde su captación, salvo que sirvan de prueba para la denuncia de delitos o infracciones, las cuales serán conservadas por el tiempo necesario para ser entregadas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o Jueces y Tribunales, las cuales podrán ser solicitadas únicamente mediante requerimiento al responsable del fichero y solamente en el marco de actuaciones judiciales o policiales.