Independientemente del nivel de seguridad de los ficheros, se debe realizar una copia de respaldo al menos una vez a la semana, que permita restablecer los ficheros al momento anterior al producirse la pérdida.
Obviamente, si no se han modificado datos de los ficheros esa semana, no es necesario realizar la copia de seguridad, ya que con la anterior será suficiente.
De los ficheros de nivel alto, además de realizarse la copia de seguridad semanal debe existir otra copia fuera de las instalaciones principales, de forma que si ocurre una catástrofe (incendio, inundación, etc.) no se pierdan todos los datos, y podamos recuperarlos de la copia remota.
En este aspecto, debemos tener en cuenta que dicha copia remota deberá estar cifrada, de forma que sólo puedan acceder a la información contenida en la misma las personas autorizadas para ello.
De cara a la recuperación de los datos debemos tener en cuenta lo siguiente:
No tener implantadas las medidas de seguridad que establece la normativa es una infracción grave, sancionada con multa de entre 40.001 € y 300.000 €.